LOS AYUNTAMIENTOS NO PUEDEN TOMAR EL VALOR DE REFERENCIA DE UN INMUEBLE COMO “VALOR COMPROBADO” A LOS EFECTOS DE PLUSVALÍA MUNICIPAL

En el impuesto de Plusvalía Municipal, se está generalizando la perversa técnica por parte de los Ayuntamientos de aplicar el valor de referencia de un inmueble cuando éste es superior al valor de venta, lo que está provocando el envío masivo de liquidaciones por este impuesto. Una injusticia, otra más.

Pongamos un ejemplo extremo: compré una casa por 100, tiene un valor de referencia de 110 y la vendo por 80. La venta está no sujeta a Plusvalía municipal porque no hay ganancia (he perdido 20) y no pagaré el impuesto. Sin embargo, los Ayuntamientos entienden que como el valor de referencia equivale a valor comprobado por la Administración, al ser superior al de venta, prevalece sobre éste y la liquidación se calculará por 100 – 110 = ganancia de 10 (cuando en realidad he perdido 20) y te envía la liquidación.

Pues bien, hemos conseguido una importante resolución en la que nos dan la razón. Así se deja claro que “valor de referencia” no equivale a “valor comprobado” y la técnica antes comentada es absolutamente improcedente, condenando al Ayuntamiento a devolverle a nuestro cliente 10.093,33 € más los intereses legales correspondientes desde que le hicieron pagar injustamente este impuesto hasta que se lo devuelvan.

Igualmente hemos conseguido otro pronunciamiento que no es menos importante; que el valor de adquisición que se tenga en cuenta no sea el de compra por el matrimonio (en 1.969) sino el que le dieron al disolver su sociedad legal de gananciales (en 1.999) que es superior a aquel lo que, sin duda, ha sido otro gran logro y avance en la lucha contra este injusto impuesto.

Por lo tanto triple satisfacción: hemos conseguido remediar una injusticia, hemos dado un gran paso en la lucha contra este injusto impuesto y compartimos con todos vosotros este importante pronunciamiento con la finalidad de que todos los afectados por esta situación podáis combatirla eficazmente.

Bufete Cepero i Salido. Tus derechos, nuestra obligación

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