¿Es compatible el ocio con una baja laboral por ansiedad?

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha resuelto un caso controvertido al declarar improcedente el despido de una empleada de Mercadona que asistió a un concierto el mismo día que recibió la baja médica por ansiedad. Este fallo cierra el debate sobre la compatibilidad entre actividades de ocio y la baja laboral por razones psíquicas.

 

El tribunal, en su sentencia del 12 de abril, argumenta que actividades como asistir a un concierto no están contraindicadas para una persona con una crisis de ansiedad. Esta decisión desestima el recurso presentado por Mercadona contra un fallo previo de un juzgado de lo social.

 

El caso se originó el 9 de junio de 2023, cuando la empleada, tras manifestar síntomas de ansiedad en su trabajo, acudió a Urgencias y recibió la baja médica por ansiedad. Esa misma noche, asistió a un concierto de Manuel Carrasco. Mercadona, al ver fotografías de la empleada en el evento, argumentó que su comportamiento en el concierto era incompatible con su estado de salud alegado para la baja, lo que llevó a su despido.

 

El TSJ de Cantabria, sin embargo, consideró que la asistencia a un concierto no contradice las recomendaciones para dolencias psíquicas, enfatizando que actividades sociales pueden ser beneficiosas para personas con ansiedad o depresión. Por lo tanto, concluyó que el despido fue improcedente.

 

Este fallo subraya la importancia de considerar la naturaleza de las dolencias psíquicas y cómo ciertas actividades pueden contribuir positivamente al bienestar del trabajador, incluso durante una baja médica.

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